7 de febrero de 2011

INDÍGENAS DE SAN MARTÍN TAMBIÉN RECHAZAN DICTAMEN DE LEY FORESTAL


Nuevos pronunciamientos aparecieron esta semana en la región San Martín en rechazo a la intención de la Comisión Agraria del Congreso, que preside el parlamentario aprista Aníbal Huerta, de consensuar el dictamen de la Ley Forestal bajo una aparente consulta a los pueblos indígenas.

La Federación de los Pueblos Indígenas Kechwas de la Región San Martín (Fepikresam) y la Federación Kichwa Huallaga Dorado (Fekihd) emitieron por separado su opinión contraria a varios aspectos de este proceso, incluida la metodología utilizada por el Congreso.

La Fekihd anunció que no participará de las audiencias programadas para el 5 y 6 de febrero en Chiclayo.

Por su parte la Fepikresam exigió que no se otorguen más concesiones forestales (madereras, turismo, parques, REDD) sin antes solucionar la deuda social del Estado con la territorialidad de los pueblos indígenas amazónicos.

“Falta un decreto supremo que asigne fondos efectivos y plazos cortos para culminar el reconocimiento, titulación y ampliación de las reservas comunales y territoriales que están pendientes. En el Anexo No.3 está el mapa de los más de 10 millones de ha que nos debe el Estado y que no deben ser regaladas a los grandes empresarios”, reza el comunicado.

Pronunciamiento
Federación de los Pueblos Indígenas Kechwas de la Región San Martín (Fepikresam)

La Federación de Pueblos Indígenas kechwas de la Región San Martín ( Fepikresam) y sus Comunidades Nativas afiliados a dicha organización y al mismo tiempo poner de su conocimiento a la opinión pública Regional, Nacional e Internacional lo siguiente:

1. La Federación de Pueblos Indígenas kechwas de la Región San Martín ( Fepikresam), establecer tres cuestiones de orden, sin las cuales, no debe continuar dicha audiencia.

1.1. La primera cuestión de orden, es que en el acta se registre, que esta reunión no es consulta previa, sino una audiencia informativa del Congreso.

1.2. La segunda cuestión de orden, es que en el acta se registre, que las comunidades no están apuradas para aprobar esta ley en esta legislatura con un gobierno mentiroso, y que exigen que una ley tan importante se debata en el próximo gobierno, por tres razones esenciales que deben constar en acta :

1.3. El gobierno respete el acuerdo dado en la capital Lima de 120 días y no está cumpliendo.

1.3.1.1. No puede aprobarse la entrega de más concesiones forestales (madereras, turismo, parques, REDD) sin antes solucionar la deuda social del Estado para con la territorialidad de los pueblos indígenas amazónicos. Falta un decreto supremo que asigne fondos efectivos y plazos cortos para culminar el reconocimiento, titulación, ampliaciones, reservas comunales y territoriales que están pendientes. En el Anexo No.3 está el mapa de los más de 10 millones de ha que nos debe el Estado y que no deben ser regaladas a los grandes empresarios.

1.3.2. No hubo ni habrá cumplimiento de la consulta previa, sino solo “audiencias parlamentarias”, hasta que el Congreso ratifique la Ley Marco de Consulta Previa aprobada el 19.05.2010 por todos los partidos políticos del país, y rechace las observaciones discriminatorias del presidente Alan García que ya se va en unos meses más.

1.3.3. No puede darse una ley forestal que no dice nada efectivo para impedir que siga la destrucción de los ecosistemas y bosques de los andes y costa del Perú, y que no puede hacerse atropelladamente.

1.4. La tercera cuestión de orden, luego de aprobarse las anteriores, es que se acuerde una nueva metodología de la reunión que incluya lo siguiente:

1.4.1. Elegir de entre los dirigentes reconocidos de las comunidades, una mesa de conducción de la audiencia, que dirija el debate y asiente el acta respectiva.

1.4.2. Revisar las acreditaciones de todos los participantes, para establecer si son dirigentes representativos o no de sus comunidades. En los casos de dudas, esas personas pasan a ser observadores.

1.4.3. Registrar en el acta el compromiso de la Comisión Agraria que las opiniones de la presente audiencia se recogerán en el dictamen que pase a debate en el Pleno del Congreso, con los procedimientos que sean necesarios para evitar que esta audiencia sea inútil si se va a mantener el dictamen ya entregado en diciembre pasado al Pleno del Congreso.

1.4.4. Registrar en el acta que es una primera audiencia y habrán otras más con los participantes de las regiones convocadas, según estimen convenientes los dirigentes participantes; y por lo tanto el proceso no termina con la reunión del 9-11 de marzo en Lima, y puede y debe continuar en nuevas reuniones.

1.4.5. Debatir todos los artículos del dictamen final que los participantes consideren necesarios sin excepción alguna.

1.4.6. Participación de los dirigentes y técnicos de las federaciones y organizaciones distritales, provinciales, regionales y nacionales a las cuales estén vinculados los participantes.

2. Las tres cuestiones de orden son indispensables de ser aprobadas para tener garantías de que esta audiencia no va ser utilizada para las ambiciones del gobierno y sus aliados. Son condiciones o requisitos, para continuar o suspender la participación en dicha reunión.

Así mismo como organización Fepikresam queremos decir al Perú y al mundo que los pueblos indígenas u originarios buscamos la paz, queremos vivir en paz en armonía con la ecología y con las autoridades que nos gobiernan ya no más masacres y muertes entre policías y nativos porque somos hermanos y peruanos e hijos de Dios.

“kawsachun Fepikresam”, “kawsachun Lamas”, “kawsachun Peru”

Consejo Directivo Fepikresam

Lamas 2 de febrero 2011
Pronunciamiento
Federación Kichwa Huallaga Dorado (Fekihd)

La Federación Kichwa Huallaga Dorado ( Fekihd), organización representativa de las comunidades nativas y pueblos originarios en la provincia de El Dorado, Región San Martín, en torno a la supuesta “Consulta Previa, Libre e Informada para Pueblos Indígenas en Relación al Dictamen del Proyecto de Ley Nº 4141/2009-PE, Ley Forestal y Fauna Silvestre”, convocada por la Comisión Agraria del Congreso de la República, hace de conocimiento público lo siguiente:

1. Que la Federación y las organizaciones que representa, consideran improcedente el carácter de consulta que se pretende atribuir a dicha convocatoria, debido a las siguientes consideraciones, entre otras:

a. No existe un marco normativo para la Consulta Previa, luego que el Ejecutivo observara la Ley aprobada por el Congreso en mayo del 2010.

b. No se ha desarrollado una etapa previa de información, como audiencias y talleres informativos sobre el contenido y alcances de la ley a consultar.

c. La metodología aprobada carece de validez en tanto no fue consensuada con las organizaciones representativas de los pueblos indígenas. Tampoco existe una adecuada participación de todos los actores que deberían ser convocados, como Aidesep y Conacami.

d. La convocatoria no se ha realizado en los términos más adecuados, no considerando los canales de comunicación más acordes al uso de las comunidades, la oferta local de medios de comunicación, identificando a todas las Federaciones sin discriminación, con invitaciones formales adjuntando el dictamen previo de la Comisión.

e. El lugar de la convocatoria macro regional de Chiclayo no es el más apropiado para la región de San Martín.

2. Que la falta de coherencia entre la denominación del proceso como Consulta Previa, Libre e Informada por parte de la Comisión Agraria del Congreso y las verdaderas condiciones en que este se realiza, es objeto de desconfianza y rechazo para las poblaciones originarias de El Dorado, considerando además los antecedentes del accionar del actual Congreso y el Ejecutivo, en torno a la promulgación de decretos legislativos lesivos contra los derechos colectivos de los pueblos originarios, inconstitucionales y no acordes con las normas internacionales como el Convenio 169 OIT. Existe la percepción de un Estado que no respeta los derechos colectivos aludidos, y la forma como se lleva esta convocatoria a cabo parece confirmar esta percepción.

3. Que la Federación y las organizaciones que representa, no participarán en las audiencias públicas convocadas para la macro región en Chiclayo, los días 5 y 6 de febrero. Denunciaremos y lucharemos por contrarrestar cualquier intención de validar dichas audiencias como procesos de consulta y representatividad de los pueblos originarios de San Martín.

4. Exhortamos a la Comisión Agraria del Congreso, a considerar los argumentos, observaciones y/o recomendaciones brindadas por Aidesep, Conap, Conacami, CCP y CNA (carta conjunta), y por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (con fechas 02/12/10 y 26/01/11).

5. Exhortamos al Gobierno Regional de San Martín y a los gobiernos locales, a pronunciarse en defensa del derecho del consentimiento previo informado para todos los pueblos originarios de la región.

San José de Sisa, 2 de febrero del 2011

Servindi-Lima 05/02/2011