23 de agosto de 2010

RENTA DIFERENCIAL Y GANANCIAS EXTRAORDINARIAS


“Se refiere a las frutas o ramas de árboles que se han caído por un fuerte viento y que, por eso, son gratuitas para todos. También significa, en sentido figurado, “adquisición inesperada”, término que se usa desde 1542”.

Esa es la definición que el diccionario etimológico de inglés Douglas Harper le da a las palabras “windfall profits”, que en castellano se podrían traducir como las ganancias inesperadas o extraordinarias que realizan las empresas. Estos “windfall profits” no tienen que ver con innovaciones tecnológicas o mejoras productivas que éstas realizan, sino con hechos exógenos. Como se aprecia, este concepto es distinto al de renta diferencial (o renta ricardiana, ver www.cristaldemira.com, 18/8/10).

Cuando las ganancias extraordinarias provienen de un alza de precios de los recursos naturales (hidrocarburos o minerales, que no fueron creados por las empresas) en numerosas oportunidades, en varios países del mundo, los gobiernos les han puesto impuestos. Así, ha habido “windfall profits tax” en Inglaterra y en EEUU (bajo Reagan).

Ahora bien, sucede que desde el 2004 hemos atravesado un periodo de altísimos precios de los minerales y del petróleo y, por tanto, de “windfall profits” para las mineras y petroleras. Veamos el ejemplo del cobre. En el 2003 el precio del cobre estaba en US$ 0.63 / libra, precio considerado “normal” (ver gráfico). Todas las nuevas inversiones tomaban ese precio para determinar la rentabilidad. Pero desde el 2004 los precios se quintuplicaron, superando los US$ 3 por libra. Con la crisis de setiembre del 2008 los precios cayeron en picada, pero se mantuvieron cerca de US$ 1.50/libra, más del doble que en el 2000. En el 2009 los precios se recuperaron y en el 2010 superaron los US$ 3.20 /libra de cobre. Los “windfall profits” que generan estos valores superan largamente las expectativas de rentabilidad de las empresas. Normalmente, estas son cercanas al 13 a 15% de tasa interna de retorno. Pero con los precios “por las nubes” esas tasas suben al 50, 80 y hasta 100%.

Lo que se plantea entonces es: ¿acaso los Estados, propietarios de los recursos naturales no tienen derecho a participar de esa sobreganancia? ¿Por qué la empresa minera o petrolera se tendría que quedar con todo el “windfall profit”? Algunos dicen que el gobierno participa de esa sobreganancia con la tasa del impuesto a la renta, que en el Perú es de 30%. Así, si antes de los precios altos la empresa tenía utilidades de 1000, el Estado recibía 300. Si, con los precios altos la empresa tiene utilidades de 10,000, el Estado ahora recibe 3,000, diez veces más que antes. Eso es cierto. Pero igualmente cierto también es que antes la empresa se quedaba con 700 de Utilidad Neta, mientras que en la nueva situación su Utilidad es de 7,000. Eso es sobreganancia y la cuestión es que esa sobreutilidad de 7,000 debe ser compartida por el Estado, en una proporción a determinar.

¿Cuándo se sabe que el precio es “extraordinario”? Existen diferentes cálculos técnicos para ello. En el Perú se usó el método de las dos desviaciones estándar (para un periodo de 15 años), en el 2006, para el cálculo del óbolo minero. Esa fórmula dio el precio de US$ 1.84/libra de cobre, es decir que cualquier precio superior a ese ya estaba generando una sobreganancia. Miremos el gráfico de nuevo porque es tan explícito que lo explica todo. La cuestión es que en el 2011 vence el “óbolo minero” (equivale al 3.5% de las utilidades) y ya se habla de renovarlo (es lo que quieren las empresas). Esto sería escandaloso pues los precios siguen altos y, como dice Pedro Francke, las utilidades de las empresas mineras alcanzarán nada menos que S/. 22,000 millones en el 2010 y sus tasas de retorno superan cualquier cifra imaginada por los accionistas. Por eso, para financiar sus necesidades sociales y de infraestructura, el Perú necesita poner en práctica el impuesto a los “windfall profits”. Es de justicia.

Diario La República-Lima 23/08/2010





DENUNCIARÁN A 16 FUNCIONARIOS DEL PROYECTO SIERRA CENTRO SUR POR PECULADO Y COLUSIÓN


Dieciséis funcionarios del Proyecto Especial Sierra Centro Sur (PESCS) serán denunciados por la Procuraduría del Ministerio de Agricultura por malos manejos en la ejecución de varios proyectos para Ayacucho.

Entre ellos revisten especial gravedad las obras relacionadas a los puentes Incachaca-Vilcashuamán y la carretera Cabana-Sondondo-Chipao.

Mesías Heli Julca Trisolini (Director Ejecutivo), Vladimir Amilkar Giles Mendoza (Asesor Legal), Ernesto Plejanov Bautista Ayala (Jefe Zonal de Ayacucho Sur), Félix Guillermo Ipurre Palomino (director de Supervisión), así como los directores de Obras y Estudios, Mario César Pizarro Quispe y Andrés Norlan Sandoval Carpio, figuran en esta relación.

También están denunciados Elder Arturo Yáñez Campos, Ricardo Dagoberto Sánchez Carlessi, Andrés Barrientos Vicente, Walter Olivera Marocho, Jorge Luis Camino Condori, Félix Rolando Mendoza Rojas, Luis Alberto Aréstegui Quispe, Alipio Quispe Bellido, Carlos Augusto Flores Alvizuri y Marco Anaya Espinoza.

El Órgano de Control Institucional del ministerio ha solicitado a la Procuraduría interponer las acciones civiles y penales en contra de estas personas por los delitos de peculado y colusión ilegal.
Caso del puente Cabana Sondondo

Las irregularidades detectadas por las instancias del mismo PESCS y del ministerio en la construcción del puente Cabana Sondondo son gravísimas.

En ella están implicados el consorcio San Pedro, ejecutor de la obra, la empresa Hidroingeniería SRL que estaba encargada de la supervisión, y funcionarios del PESCS.

Entre los cargos figura no haber resuelto el contrato oportunamente a raíz del incumplimiento del calendario de avance de obra por parte del contratista y además por haber realizado pagos por partidas no ejecutadas y por otras que fueron sobrevaloradas.
Caso del puente Incachaca

El caso de la construcción del puente Incachaca Vilcashuamán es aún peor porque se inició la obra sin aprobarse el expediente técnico.

Además, se hizo entrega de adelanto directo por más de un millón de soles en forma ilegal, y por si fuera poco, se depositó dinero del Estado en la cuenta personal del ex director ejecutivo Mesías Julca.

Las irregularidades cometidas por estos funcionarios alcanzan otras obras en la región, tales como la carretera Santa Ana-Huanacopampa, la irrigación Millpo Tintay, entre otras.

A inicios de año, el PESCS despidió a siete trabajadores y les abrió sanciones administrativas, de los cuales, por el momento, el abogado Carlos Augusto Flores Alvizuri ha conseguido reincorporarse, gracias a un recurso de amparo. Los otros seis han presentado demanda de nulidad de despido.

La congresista Juana Huancahuari viene siguiendo atentamente este escandaloso caso en que se han perjudicado a miles de pobladores por las obras inconclusas.

“A pesar de contar con todas las pruebas que los señalan como responsables, resulta lamentable que desafortunadas decisiones de algunos jueces permitan que malos funcionarios se reenganchen en otras entidades del Estado”, manifestó.

También están denunciados los representantes del Consorcio Pampas (puente Incachaca) Fortunato Víctor Benavente y Zoila Mercedes Fuentes Reynafarje, así como de la empresa consultora HB Contratistas, Hermann Briceño Figueroa y Eli Córdova Vilela.

Servindi-Lima 22/08/2010





PRESENTAN PROYECTO DE LEY PROHIBIENDO EL CIANURO EN MINERÍA DEL ORO


Un grupo de parlamentarios peruanos de diversas bancadas presentaron ayer el proyecto de Ley que prohíbe el uso de cianuro en la minería del oro con el objetivo de proteger la salud de las personas, evitar la contaminación de los recursos hídricos y la biodiversidad existente en el entorno de la actividad minera. El documento, que consta de 13 páginas, propone que esta medida sea aplicada a toda actividad minera que se encuentre operando actualmente, así como a los futuros proyectos.

Fuente: Red Muqui

NOTA DE PRENSA

Presentan proyecto de Ley que prohíbe uso de cianuro en la minería del oro

Un grupo de parlamentarios de diversas bancadas presentaron ayer el proyecto de Ley Nº 4236/2010-CR que prohíbe el uso de cianuro en la minería del oro con el objetivo de proteger la salud de las personas, evitar la contaminación de los recursos hídricos y la biodiversidad existente en el entorno de la actividad minera.

El documento, que consta de 13 páginas, propone que esta medida sea aplicada a toda actividad minera de carácter acuífero que se encuentre operando actualmente, así como a los futuros proyectos.

Asimismo, establece un plazo de dos años para que las empresas dedicadas a la extracción de dicho mineral modifiquen sus tecnologías de operación, a fin de que el cianuro sea reemplazado. Mientras que las nuevas compañías que inicien sus operaciones deberán utilizar tecnologías que no usen cianuro.

Esta iniciativa legislativa tiene como antecedente la decisión adoptada por el Pleno del Parlamento Europeo (PE), el pasado 5 de mayo, en el que se aprobó una resolución que establecía la prohibición total del uso de cianuro en la minería europea antes del fin de 2011, con el fin de proteger los recursos hídricos y la biodiversidad.

El texto, que recibió 488 votos a favor, 48 en contra y 57 abstenciones, reclamaba a la Comisión Europea (CE) que proponga esa medida y elimine cualquier apoyo directo o indirecto a proyectos mineros que supongan el uso de cianuro.

No a la Mina 21/08/2010





ORGANIZACIONES PROTESTARÁN POR CAMBIOS A LEY DE CONSULTA APROBADA EL 19 DE MAYO


La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI) y la Confederación Campesina del Perú (CCP) anunciaron que el 12 de octubre realizarán una marcha de protesta.

La medida responde a la actitud del Ejecutivo que observó la Ley de Consulta a los Pueblos indígenas y al dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento que aprobó un dictamen que se allana o acepta todas las observaciones.

Mario Palacios, ex presidente de CONACAMI, anunció que su organización reiniciará sus acciones de resistencia y de lucha con la marcha nacional de los pueblos que se realizará el 12 de octubre por la dignidad de las comunidades y los pueblos.

Palacios expresó su rechazo al texto de allanamiento de la Ley de Consulta y pidió que el Congreso rectifique su “error” para que nuevamente la Comisión de Constitución someta a un debate minucioso las observaciones.

Mientras, Alberto Pizango, presidente de AIDESEP, señaló que “es una pena que el gobierno siga dividiendo a los pueblos indígenas para favorecer a las grandes transnacionales”.

Pizango se refirió al caso de la “Coordinadora Awajún” que luego de pedir perdón a la Policía Nacional por los hechos de Bagua actualmente está instigando para que sujetos vinculados a ella amenacen de muerte al lider Zebelio Kayap, presidente de la Organización para el Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC).
La CONFIEP se frota las manos

Al respecto, el día jueves Ricardo Briceño, presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) afirmó que el Congreso debe aprobar la Ley de Consulta con las observaciones que el Ejecutivo planteó.

Briceño explicó que es deber del Estado promulgar la Ley de Consulta “lo antes posible” para no detener las inversiones en el país.

Cabe resaltar que el día jueves se tenía previsto que el Congreso discutiera los dictámenes de allanamiento o insistencia a la autógrafa de la Ley de Consulta Previa, pero se postergó su debate para la próxima sesión plenaria.

Servindi-Lima 20/08/2010