OLLANTA Y SU PARTICULAR VISIÓN DEL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA
El presidente de Perú, Ollanta Humala Tasso, dejó entrever que el derecho a la consulta previa beneficiaría a los pueblos no contactados y a las comunidades indígenas que no tienen una representación elegida democráticamente.
De esta manera, se excluiría -en su particular interpretación- a las poblaciones procedentes de las comunidades campesinas que constituyen la mayoría de la población indígena del país.
“La ley de consulta previa es para los pueblos originarios o comunidades indígenas.
No necesariamente una población califica en eso, porque las poblaciones también tienen sus alcaldes, sus autoridades electas democráticamente, que son las que defienden a estas poblaciones” precisó.
“Y esto normalmente se da en las comunidades amazónicas donde hay pueblos no contactados o comunidades -que si bien están dentro de una demarcación territorial- no necesariamente tienen autoridades representativas que puedan hacer defender sus derechos” dijo.
“Lo que se busca en el fondo, el espíritu de esta norma -afirmó Ollanta Humala- es no dejar ningun sector de la población en indefensión”.
Las declaraciones las efectuó en una rueda de prensa concedida en Ginebra, Suiza, luego de afirmar ante la Asamblea General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que los pueblos indígenas serían aliados estratégicos de su gobierno y que respetaría el Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas de la OIT.
Lo que el jefe de Estado no explicó es cómo haría para que la población “no contactada” ejerza el derecho a la consulta previa que las beneficiaría.
Asimismo, qué comunidades “dentro de una demarcación territorial” carecen de autoridades representantivas que puedan defender sus derechos.
La visión presidencial preocupa si se considera que el territorio nacional está demarcado en regiones, provincias y distritos con gobiernos locales propios superpuestos a las comunidades campesinas (antes “indígenas”, según la legislación) y nativas.
Servindi-Lima 13.06.2012