INSTAN AL MINAM IDENTIFICAR CUENCAS VULNERABLES
El Ministerio del Ambiente (MINAM) debe determinar cuáles son las cabeceras de cuenca vulnerables que requieren ser protegidas para conservar el recurso hídrico en nuestro país, sostuvo la congresista Elizabeth León (Bloque Popular).
Fue al referirse a la aprobación del proyecto de Ley de Recursos Hídricos, conocida como la “Ley de Aguas”, según la cual se establecen los lineamientos para el uso y manejo del agua en el país y las prerrogativas de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
En declaraciones al programa “Diálogo Directo” de la Coordinadora Nacional de Radio (CNR), León Minaya señaló que el MINAM debe “encargarse de diagnosticar y determinar si una cabecera de cuenca es vulnerable o no (...) para eso debe tener un peso político para que su opinión sea válida”.
De otro lado, la legisladora hizo un llamado a la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú (JNUDRP) para que lidere la conformación de los Consejos de Cuenca en todo el país.
“Ellos deben ser los que propongan como administrar el agua y como vigilar que esto que se ha aprobado en la ley, de que los consejos de cuenca tomen decisiones, se refleje en el reglamento y que esta decisión no sea solo de la Autoridad Nacional, sino también de ellos”, manifestó.
Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó en su sesión matutina del jueves 12, el proyecto de Ley de Recursos Hídricos, dispositivo logrado al cabo de ocho años de prolongados debates.
La norma, dictaminada por la Comisión Agraria presidida por el legislador Mario Alegría Pastor, regulará el uso y gestión de los recursos hídricos. Comprenderá el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociadas a ésta. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable.
El texto, votado con la excepción del artículo 2º, fue sancionado con el voto favorable de 77 legisladores, la oposición de 14 y ninguna abstención.
El artículo segundo, votado aparte después de una propuesta planteada por el congresista Alegría, fue aprobado por 61 votos a favor, 30 en contra y ninguna abstención.
Al respecto, el texto planteado respecto del artículo 2º, precisó que “el agua constituye patrimonio de la Nación. El dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible., Es un bien de uso público y su administración solo puede ser otorgada y ejercida sin fines de lucro en armonía con el bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. No hay propiedad privada sobre el agua”.
Coordinadora Nacional de Radio-Lima 13/03/2009El Ministerio del Ambiente (MINAM) debe determinar cuáles son las cabeceras de cuenca vulnerables que requieren ser protegidas para conservar el recurso hídrico en nuestro país, sostuvo la congresista Elizabeth León (Bloque Popular).
Fue al referirse a la aprobación del proyecto de Ley de Recursos Hídricos, conocida como la “Ley de Aguas”, según la cual se establecen los lineamientos para el uso y manejo del agua en el país y las prerrogativas de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
En declaraciones al programa “Diálogo Directo” de la Coordinadora Nacional de Radio (CNR), León Minaya señaló que el MINAM debe “encargarse de diagnosticar y determinar si una cabecera de cuenca es vulnerable o no (...) para eso debe tener un peso político para que su opinión sea válida”.
De otro lado, la legisladora hizo un llamado a la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú (JNUDRP) para que lidere la conformación de los Consejos de Cuenca en todo el país.
“Ellos deben ser los que propongan como administrar el agua y como vigilar que esto que se ha aprobado en la ley, de que los consejos de cuenca tomen decisiones, se refleje en el reglamento y que esta decisión no sea solo de la Autoridad Nacional, sino también de ellos”, manifestó.
Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó en su sesión matutina del jueves 12, el proyecto de Ley de Recursos Hídricos, dispositivo logrado al cabo de ocho años de prolongados debates.
La norma, dictaminada por la Comisión Agraria presidida por el legislador Mario Alegría Pastor, regulará el uso y gestión de los recursos hídricos. Comprenderá el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociadas a ésta. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable.
El texto, votado con la excepción del artículo 2º, fue sancionado con el voto favorable de 77 legisladores, la oposición de 14 y ninguna abstención.
El artículo segundo, votado aparte después de una propuesta planteada por el congresista Alegría, fue aprobado por 61 votos a favor, 30 en contra y ninguna abstención.
Al respecto, el texto planteado respecto del artículo 2º, precisó que “el agua constituye patrimonio de la Nación. El dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible., Es un bien de uso público y su administración solo puede ser otorgada y ejercida sin fines de lucro en armonía con el bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. No hay propiedad privada sobre el agua”.