11 de marzo de 2011

NO QUIEREN SE FISCALICEN 33 PROYECTOS


GOLPE. Vía decreto supremo, el ejecutivo exonera de evaluación costo-beneficio. Expertos sostienen que el gobierno recurre a procesos inconstitucionales para justificar dispositivos.

El Ejecutivo utilizó una nueva coartada para justificar los decretos de urgencia (DU) 001 y 002, criticados por ser inconstitucionales y formar un régimen especial para 33 megaproyectos de concesión.

Mediante el Decreto Supremo Nº 040-2011-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) exoneró a dichos proyectos de la evaluación cuantitativa del costo-beneficio, denominada Metodología del Comparador Público-Privado.

Según Walter Vargas, investigador del Grupo de Trabajo Contra la Corrupción, esta disposición pretende dar sustento a los cuestionados DU, puesto que el análisis costo-beneficio es un proceso previo para determinar si una obra se ejecuta con inversión pública o con capitales extranjeros, ya sea bajo concesiones o asociaciones público-privadas.

“Esta evaluación debió hacerse previamente con los mecanismos de control adecuados, pero como el interés del gobierno es entregar los proyectos a capital extranjero, entonces los envía de frente a Proinversión. Y para cubrir ese vacío, publica este decreto supremo como complemento”, señaló Vargas.

Otra norma inconstitucional
Asimismo, Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal, (IDL), indicó que esta medida pretende jaquear una metodología que “garantiza la eficiencia” de un proyecto de inversión.

Además añadió que se incurre nuevamente en un proceso inconstitucional, porque una norma infralegal como el decreto supremo no puede regular un decreto de urgencia, que tiene rango de ley.

“Continúan con simplificar y facilitar la inversión privada. Y como el gobierno se ha dado cuenta de que no puede utilizar los DU 001 y 002, ahora quiere utilizar los decretos supremos”, subrayó Ruiz. En tanto, Vargas advirtió que, según el MEF, esta evaluación costo-beneficio no cuenta con un manual, por lo que es preocupante que se hayan aplicado exoneraciones en los DU publicados en los últimos tres años.

Datos
DEROGAR. El último martes 38 congresistas presentaron una demanda al Tribunal Constitucional para que anule los cuestionados DU por ser inconstitucionales. Ello en vista de la presión popular ejercida desde diversos sindicatos, instituciones, ONGs y gobiernos regionales.
PARCIAL. El 16 de febrero el Ejecutivo solo derogó parcialmente los DU 001 y 002.

Argumentos para exonerar
El MEF establece que la exoneración será aplicada a grandes proyectos de inversión (incluidos los 33 priorizados), cuyos montos superen las 100 mil UIT (S/. 360 millones) del costo total correspondiente y que requieran un cofinanciamiento mayor al 30%.

Esta disposición no exonera a la entidad titular de realizar el análisis del costo-beneficio. Es decir, quedaría en manos de Proinversión ejecutar la evaluación, cuando la decisión de concesionar los proyectos ya está decidida, afirmó Vargas.

La exoneración tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011. Es una extensión de los años 2009 y 2010.

Diario La República-Lima 11/03/2011